Comunidades de Propietarios – Propiedad Horizontal

Es la propiedad especial que se constituye exclusivamente sobre edificios divididos en varios pisos y/o locales susceptibles de aprovechamiento independiente, y atribuye al titular de cada uno de ellos, además un derecho singular y exclusivo sobre los mismos, un derecho de copropiedad conjunto e inseparable sobre los restantes elementos, pertenencias y servicios comunes del inmueble.

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